El Reglamento (UE) 2018/858 regula el proceso de homologación de los vehículos de motor y sus remolques, así como de los sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinadas a dichos vehículos. El citado documento establece las siguientes categorías.
1. Categoría M: vehículos de motor diseñados y fabricados principalmente para el transporte de pasajeros y su equipaje.
Categoría M1:
Vehículos de motor que tengan, como máximo, ocho plazas de asiento además de la del conductor, sin espacio para pasajeros de pie, independientemente de que el número de plazas de asiento se limite o no a la plaza de asiento del conductor.
Categoría M2:
Vehículos de motor que tengan más de ocho plazas de asiento además de la del conductor y cuya masa máxima no sea superior a 5 toneladas, independientemente de que dichos vehículos de motor tengan o no espacio para pasajeros de pie.
Categoría M3:
Vehículos de motor que tengan más de ocho plazas de asiento además de la del conductor y cuya masa máxima sea superior a 5 toneladas, independientemente de que dichos vehículos de motor tengan o no espacio para pasajeros de pie.
2. Categoría N: vehículos de motor diseñados y fabricados principalmente para el transporte de mercancías.
Categoría N1:
Vehículos de motor cuya masa máxima no sea superior a 3,5 toneladas
Categoría N2:
Vehículos de motor cuya masa máxima sea superior a 3,5 toneladas, pero no supere las 12 toneladas.
Categoría N3:
Vehículos de motor cuya masa máxima sea superior a 12 toneladas.
3. Categoría O: remolques para vehículos de categorías M y N.
Categoría O1:
Remolques cuya masa máxima no sea superior a 750 kg.
Categoría O2:
Remolques cuya masa máxima sea superior a 750 kg, pero no supere los 3500 kg.
Categoría O3:
Remolques cuya masa máxima sea superior a 3500 kg, pero no supere las 10000 kg.
Categoría O4:
Remolques remolques cuya masa máxima sea superior a 10000 kg.